1. La promoción determinada “Promoción Día del Padre”, en adelante “La Promoción” es organizada por VERYCAM SA (en adelante, “Renta Carper”) y ENILDOR SA (“Carper”), en conjunto los “Organizadores” cuyos premios serán los siguientes dos (2) al finalizar la promoción.
1) Uso de forma gratuita de un vehículo marca Chevrolet modelo Onix Plus 1.0 LT por el término de 4 días (viernes, sábado, domingo y lunes), debiendo ser retirado el día viernes y entregado el día lunes, de acuerdo a las “Condiciones y cláusulas de uso del vehículo” expuestos al final de estas Bases y Condiciones.
2) 10 cajas totales de tabletas de chocolate Cofler Block en sus variedades de 170g, 110g y 38g.
1. La promoción regirá por los términos y condiciones establecidos en el presente documento (en adelante, las “Bases y Condiciones” o las “Bases”).
2. Vigencia de la promoción:
• Comienzo de la promoción: martes 2 de julio 2025.
• Fin de la promoción: lunes 14 de julio 2025, a las 14:00 horas.
• Día del sorteo: 14 de julio a las 17:00 horas.
• Comunicación al ganador: lunes 14 de julio 2025.
*Dinámica de selección se expresa en el punto 6 de estas Bases.
3. Ámbito territorial:
La presente promoción se desarrollará en todo el territorio de la República Oriental del Uruguay desde el 2 de julio 2025 hasta el 14 de julio 2025.
4. Mecánica de Participación. Podrán participar en la presente, todos aquellos que:
• Sean mayores de 21 años de edad a la fecha de participación de las bases.
• Ingresen a la página de Instagram de Carper con nombre de cuenta @carper.chevrolet
• Den “like” a la publicación (reel) de la promoción de referencia.
• Sigan las cuentas de @cofler.uy, @carper.chevrolet y @rentacarper.
• Comenten indicando con quién compartirían el premio.
5. Aceptación de las Bases. La participación en la acción, así como del premio total implica al usuario la aceptación total de las Bases y de las decisiones de los organizadores sobre cualquier cuestión no prevista en ellas, siempre que estas últimas se ajusten al régimen legal vigente.
6. Concursante ganador. Deviene ganador aquel que resultare beneficiario cumpliendo los requisitos previamente mencionados y cuyo nombre surja del sorteo a realizarse el día 14 de julio 2025.
No podrán participar de esta promoción los funcionarios de los Organizadores (VERYCAM S.A, y ENILDOR S.A), sus familiares hasta segundo grado de afinidad y consanguinidad, ni aquellas personas que no cumplan con los requisitos y condiciones de participación establecidos en estas Bases y Condiciones.
7. Sorteo. El sorteo tendrá lugar el día 14 de julio 2025 a la hora 17:00. Del mismo se obtendrá un ganador y dos suplentes que se definirán mediante un sistema de selección aleatorio. El orden de prelación será utilizado en caso de que el ganador: (i) sea descalificado por no cumplir con los requisitos que surgen del presente, o (ii) no confirme su aceptación del premio en el plazo estipulado en estas Bases.
8. Notificación a los beneficiarios. El ganador será notificado por los Organizadores el mismo día del sorteo, el 14 de julio de 2025, a través de historias y mensajes directos en redes sociales para obtener un email al que podamos comunicarnos formalmente.
El ganador, tendrá un plazo máximo de 1 (un) mes contado a partir del día siguiente a la notificación fehaciente para aceptar los premios y coordinar la entrega de los mismos en forma presencial en las oficinas de Renta Carper, ubicadas en Paysandú 1521 esquina Vázquez de la ciudad de Montevideo.
Se entregará:
• Constancia de uso de alquiler del Chevrolet Onix Plus 1.0 LT (que podrá utilizar hasta el 30/11/2025).
• Los 10 bultos de chocolate Cofler Block en sus variedades de 170g, 110g y 38g.
La entrega del Premio quedará supeditada a: (i) la comprobación de inexistencia de causales de exclusión de participación en la presente promoción; (ii) suscripción de constancia de entrega por parte del Beneficiario y entrega de fotocopia del documento de identidad.
El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones implicará la pérdida automática del derecho al premio, sin posibilidad de reclamo, compensación o indemnización.
8. Plazo de entrega y retiro de premios:
• El vehículo deberá ser retirado para su uso, con previa coordinación al teléfono 097 557 707 de Renta Carper el día viernes en el horario de 09:00 a 17:00 horas, en la Agencia Centro con dirección Paysandú 1521 esquina Vázquez y ser entregado el lunes en el mismo horario que lo retiró, en la misma dirección proporcionada anteriormente. Este premio podrá ser utilizado hasta el 30/11/2025.
• Las 10 cajas de chocolates Cofler deberá ser retirado entre martes 15 de julio al 4 de agosto del 2025 (quince días hábiles) entre las 09:00 y las 17:00 horas, en la dirección: Paysandú 1521 esquina Vázquez si el ganador es de Montevideo. En caso de ser del interior, se le enviará los productos por Agencia DAC a la sucursal más cerca a su domicilio.
• Pasada las fechas especificadas anteriormente, el beneficiario no tendrá derecho a reclamo o compensación alguna.
• Los premios no podrán ser canjeables por dinero en efectivo.
9. Transferencia de los premios. El ganador de la promoción podrá ceder el beneficio de los premios a otra persona de su elección, dentro del plazo máximo de 1 (un) mes contado a partir del día siguiente a la notificación fehaciente de haber devenido ganador de la presente promoción. Dicha transferencia deberá ser realizada por escrito surgiendo de la misma el nombre del ganador (sedente del premio) y el nombre del cesionario del premio con fecha y lugar de firma detallando datos personales como ser número de cédula de identidad y domicilio, suscripta por ambas partes con aclaración de firma y foto del documento de identidad; la cual deberá ser comunicada vía correo electrónico a la siguiente dirección: “reservas.rentacar@carper.com.uy”
La persona designada pasará a ser el nuevo Titular y deberá cumplir con todos los requisitos de participación en la promoción, así como con las condiciones para el uso y alquiler del vehículo.
El Titular será responsable frente a la Arrendadora y/o a cualquier tercero por el vehículo en todo momento. En caso de falta de pago, negligencia o acciones consideradas graves, la Arrendadora podrá solicitar la devolución inmediata del vehículo, con un preaviso de 48 horas, siendo esta devolución responsabilidad exclusiva del Titular.
10. Publicidad y Difusión de las Bases y condiciones. Los Organizadores difundirán estas Bases y Condiciones en https://carper.com.uy/bases-y-condiciones-promocion-dia-del-padre/
11. Conocimiento y aceptación de las bases. La participación en la presente promoción implica total conocimiento y aceptación de las presentes bases.
12. Derechos de los organizadores: La participación en la promoción implicará automáticamente la autorización en forma gratuita por parte del participante, a favor del organizador a efectos de la difusión pública, en todos los medos de comunicación conocidos y por conocerse, el nombre del participante ganador, su imagen, fotografía, con el objetivo de difundir los resultados de la promoción sin que el participante tenga derechos de reclamo de indemnización o retribución alguna.
Asimismo, el beneficiario del Premio, como condición para la asignación del mismo, firmará un consentimiento que autorizará expresamente a los organizadores a publicar y difundir con fines comerciales, su/s nombre/s e imagen/es, en los medios que los Organizadores dispongan, por un plazo de 1 (un) año, sin derecho a compensación alguna conforme a lo establecido en el artículo 21 de la ley 9.739.
13. Protección de datos personales. Los participantes consienten y aprueban el uso de datos personales a los efectos del cumplimiento de las presentes bases. Asimismo, los organizadores garantizan que los datos personales brindados por el participante serán tratados de forma confidenciales y con el único objetivo de cumplir con las presentes bases y que no divulgará o cederá a terceros dichos datos.
14. Jurisdicción Competente. Para cualquier controversia derivada de esta promoción, los participantes, terceros y Organizadores se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con sede en la ciudad de Montevideo.
15. Modificación de Bases. Los Organizadores se reservan el derecho de modificar total o parcialmente estas Bases en caso de circunstancias no previstas que constituyan caso fortuito o fuerza mayor, solicitando autorización a la autoridad competente si correspondiere.
16. Interpretación. Ante cualquier discrepancia entre el contenido de las presentes Bases y el contenido de la publicidad gráfica, prevalecerá el contenido de las presentes Bases.
17. Aceptación de las Bases. La participación en la acción, así como del premio total implica al usuario la aceptación total de las Bases y de las decisiones de los organizadores sobre cualquier cuestión no prevista en ellas, siempre que estas últimas se ajusten al régimen legal vigente.
18. Exoneración de Responsabilidad. Los Organizadores no serán responsables por: (i) daños o perjuicios de cualquier naturaleza que pudieran sufrir los participantes, ni (ii) desperfectos técnicos, errores humanos o acciones de terceros que afecten el desarrollo de la promoción.
Se establece expresamente y los participantes así lo aceptan por el mero hecho de su participación en la promoción, que la responsabilidad de los Organizadores se limita exclusivamente al cumplimiento de estas Bases.
Condiciones y cláusulas de uso del vehículo:
Cláusula 1: Titular: Es la persona física responsable por el arrendamiento del vehículo. Puede autorizar a usuarios y conductores al manejo del mismo informando debidamente a la Arrendadora. Así mismo podrá ceder el beneficio a otra persona de su preferencia, notificando a la Arrendadora a través de una carta escrita a puño y letra, firmada por el titular de dicho beneficio donde quede asentado a quien se le transferirá el beneficio. Este nuevo beneficiario pasará a ser el nuevo Titular quien deberá cumplir con los requisitos de alquiler. El Titular será quien responda por el vehículo en todo momento a la Arrendadora y/o a cualquier tercero, incluso si por falta de pago, negligencias o acciones que se considere de gravedad se solicitará la devolución inmediata del vehículo, con aviso previo de 48 horas, siendo responsabilidad del Titular.
Requisitos del Titular: Deberá ser mayor de 21 años, contar con licencia de conducir vigente y que la misma tenga una antigüedad mayor de 2 años .
Clausula 2: Precio y Plazo: Se deja constancia que el alquiler del vehículo por el periodo de fin de semana (de viernes a lunes) será sin costo para el beneficiario. El usufructo de dicho beneficio podrá ser utilizado dentro del periodo establecido entre el 17/07/2025 hasta el 30/11/2025 inclusive, retirando el vehículo el viernes entre las 09:00 y 17:00 horas, teniendo que devolver el mismo el lunes a la mismo hora que fue retirado, con previa coordinación con la Arrendadora. Tanto la entrega como la devolución del vehículo deberá hacerse efectiva en nuestra Agencia Centro ubicada en Paysandú 1521 esquina Vázquez. En caso de extensión del plazo de alquiler, el Titular deberá informar a la Arrendadora quien le brindará el costo diario. El Titular deberá dejar una garantía con tarjeta de crédito por un monto de USD 1.200 (mil doscientos dólares americanos) y podrá ser ejecutada automáticamente por Renta Carper. La Arrendadora se reserva el derecho a retener el voucher durante treinta (30) días en caso de producirse un siniestro, daños al vehículo, incumplimiento de pago o el conductor sea sancionado con la aplicación de multas de tránsito.
El monto de la garantía permanecerá retenida durante los 7 días hábiles posteriores a la devolución del vehículo y luego de verificar que no haya daños nuevos, multas de tránsito ni pagos pendientes, se procederá a solicitar la cancelación de la garantía a la tarjeta. La liberación de la garantía dependerá de la tarjeta de crédito emisora.
Cláusula 3. Obligaciones del Titular, usuario y conductor: Se obligan a usar personalmente el vehículo recibido, cuidarlo debidamente dándole un uso correcto, y a devolverlo en las mismas condiciones en que lo recibe. Se deja constancia que el Titular ha verificado el estado del vehículo y los accesorios. Serán de su cargo todos los desperfectos o daños que puedan ser imputados al mal uso del vehículo. También se obliga a realizar el service que debe prestarse al automóvil cuando correspondiere (según sticker de servicio) en el taller que Renta Carper indique. En cualquier caso, que el vehículo resulte detenido por las autoridades nacionales como consecuencia de actividades ilícitas, el Titular deberá abonar el alquiler por todos los días que el vehículo resulte detenido y abonará también los gastos administrativos y/o las costas y costos judiciales que ocasionare la liberación del vehículo arrendado. El vehículo arrendado podrá ser utilizado únicamente dentro del territorio nacional.
Respecto al vehículo, queda prohibido, bajo pena de perder la cobertura de seguro y solicitarse la inmediata devolución a la Arrendadora:
a. Permitir que sea manejado por cualquier persona que no haya sido debidamente autorizada por la Arrendadora ni aún en forma ocasional.
b. Destinarle usos de transporte remunerado o como automóvil de servicio público.
c. Utilizarlo para remolcar o empujar a otro vehículo, en labores peligrosas o ilícitas o en pruebas deportivas.
d. Conducirlo bajo el efecto de drogas, estupefacientes, en estado de ebriedad o sin portar todos los documentos y licencias exigidos por la autoridad correspondiente.
e. Trasladarlos fuera del territorio nacional.
f. Trasladar más personas o más carga de la que está autorizada por el fabricante conforme las constancias indicadas en la libreta de propiedad del vehículo que es entregada al Titular, usuario y/o conductor.
g. Queda terminantemente prohibido fumar dentro del vehículo.
Cláusula 4. Forma de pago: El pago de alquiler y adicionales deberán abonarse al momento de la entrega del vehículo.
Cláusula 5. Deducible:
i) El Titular se obliga a abonar un monto máximo por cada siniestro, el monto es igual a la garantía solicitada, USD 1.200 (mil doscientos dólares americanos)
ii) En caso de vuelco, daño total, hurto, o siniestro con un valor de reparación superior a USD 7.000; el monto será un 50% más que el mencionado.
iii) No están incluidas en la cobertura las cubiertas y llantas, como tampoco los airbags.
Cláusula 6. Deducible en caso de Siniestro: El Titular deberá abonar el monto por siniestro en caso de que:
i) El mismo hubiera ocurrido por su culpa o responsabilidad.
ii) De que sin culpa, la Arrendadora no logre resarcirse de los daños ya sea por pago de terceros o aseguradoras, o por cualquier otro motivo.
iii) La institución aseguradora denegare el pago de la indemnización por hecho culpable del Titular o de sus dependientes o de quienes en definitiva conduzcan el vehículo.
Cláusula 7. Causales Pérdida de Cobertura del seguro contratado:
• Cuando el vehículo fuese conducido por una persona que presente una concentración de alcohol en la sangre igual o superior a los límites establecidos por las normas de tránsito vigente.
• Transitar con el vehículo alquilado fuera del territorio nacional.
• Cuando sea conducido por personas que no estén habilitadas a manejar esa categoría de vehículos por la autoridad competente, cuando su licencia esta vencida, o si está condicionada al cumplimiento de cierto requisito que no fuese cumplido por el conductor.
• Cuando no complete el parte de siniestro de la Arrendadora y el parte policial (cuando corresponda) en el momento de ocurrido el hecho.
• Cuando genere daños a bienes que por cualquier título se encuentre en tenencia del cliente.
• Cuando el vehículo asegurado tome parte de carreras, en detenimientos de velocidad, o competencia de cualquier índole.
• Cuando en caso de robo no se presente la llave del vehículo alquilado.
• En caso de constatarse por parte de la empresa aseguradora que so han dado las causales para la pérdida de la cobertura del seguro.
Cláusula 8. Infracciones de Tránsito. La Arrendadora no se hará cargo de las multas de tránsito, siendo las mismas de responsabilidad total y directa del Titular. La Arrendadora las facturará integramente al Titular, sumándose un 10% por costos administrativos y de gestión.
Cláusula 9. Responsabilidad: El Titular asume la responsabilidad en forma personal y se compromete al pago inmediato de la factura correspondiente a todos los gastos, deducibles pactados en el contrato de seguro, indemnizaciones, etc., más el lucro cesante ocasionado en el y/o con el vehículo, aún cuando retire el auto en nombre de una empresa u otra persona. El Titular autoriza a cobrar de la tarjeta de crédito utilizada en garantía las multas generadas durante el período de contrato, incluso cuando las mismas sean comunicadas a Renta Carper con posterioridad a la fecha de devolución del vehículo. En caso de no devolver el vehículo en el plazo estipulado, el Titular deberá abonar además del alquiler, posibles roturas, multas de tránsito, y otros costos relacionados al arrendamiento, una multa del 35% del valor diario del alquiler por cada día de atraso.
Sin perjuicio de la facultad de Renta Carper tiene que dar intervención a la autoridad policial a los efectos de localizar el automóvil y realizar toda medida conducente para su entrega.
Cláusula 10. Llaves del vehículo: Será de cargo del Titular del contrato el importe íntegro de la llave más cualquier gasto ocasionado a causa de su pérdida, rotura o sustracción.
Cláusula 11. Lavado y aspirado especial: En caso de devolver el vehículo en malas condiciones de limpieza se cobrará lavado y/o aspirado especial. Se realizará un cargo al Titular del contrato por concepto de limpieza especial, por los gastos derivados de un servicio extra de limpieza como consecuencia del estado manifiestamente sucio e inadecuado del vehículo al momento de su devolución
Cláusula 12. Combustible y Peajes: El vehículo se entrega con tanque lleno. El mismo deberá ser devuelto en las mismas condiciones. Caso contrario se cobrará el valor por octavo faltante de combustible a precio de mercado más un 30%. En el caso de los peajes, el vehículo sale con TAG y se contabiliza a $200 (doscientos pesos uruguayos) por pasada y los mismos deberán ser abonados en el momento de la devolución (en el caso de que tengan).
Cláusula 13. El servicio de cambio de un neumático pinchado es por cuenta
del Titular, usuario y conductor.
Cláusula 14. El beneficio no es canjeable por dinero en efectivo ni por ninguno de los otros servicios que brinda el grupo económico CARPER.
Cláusula 15. Ley y jurisdicción aplicable: Para todas las cuestiones que puedan dar lugar a la aplicación de contrato, el Titular y/o firmante, cualquiera sea su nacionalidad, se somete expresamente al fuero de los tribunales de la República Oriental del Uruguay y a su legislación.
Quien suscribe declara que ha leído y ha sido informado en forma suficiente y clara respecto a los términos y condiciones generales.